Importante: La legislación fiscal y sucesoria puede cambiar. Esta guía explica las normas y cuestiones prácticas relevantes para propietarios de inmuebles en España con la mayor precisión posible en el momento de su publicación, pero no constituye asesoramiento fiscal o jurídico personalizado. Si está gestionando una herencia, especialmente una herencia internacional, debe solicitar asesoramiento a un abogado o asesor fiscal cualificado en España.
El Impuesto sobre Sucesiones en España es un impuesto que puede aplicarse cuando una persona recibe bienes o derechos como consecuencia del fallecimiento de otra. Para los propietarios de inmuebles, puede ser una de las cuestiones económicas y administrativas más importantes que deben tenerse en cuenta al planificar una sucesión o gestionar una herencia.
Para los propietarios internacionales de inmuebles en España, la situación puede ser más compleja de lo que parece inicialmente.
Un propietario británico, neerlandés, alemán, belga o francés puede tener una vivienda en España pero residir permanentemente en otro país. Sus herederos también pueden vivir en el extranjero. El patrimonio hereditario puede incluir una villa en España, cuentas bancarias, inversiones y bienes situados en varios países. En estos casos, el Impuesto sobre Sucesiones español es solo una parte de un proceso sucesorio internacional más amplio.
La tributación puede depender de varios factores, entre ellos:
dónde tenía su residencia el fallecido;
dónde reside cada heredero;
el grado de parentesco entre el fallecido y cada heredero;
el valor y la ubicación de los bienes;
si existe testamento;
qué legislación sucesoria resulta aplicable;
qué normativa de la Comunidad Autónoma resulta aplicable;
si existen reducciones o bonificaciones específicas;
si la herencia incluye deudas u otras obligaciones.
Esto es especialmente relevante en Benissa, donde numerosos inmuebles son propiedad de residentes internacionales que los utilizan como segunda residencia o vivienda vacacional.
Una villa en La Fustera, San Jaime o Fanadix puede ser heredada por familiares que nunca han vivido en España. Una finca en Benimarco o Pedramala puede pasar a varios hermanos que posteriormente tendrán que decidir si conservarla, dividir su propiedad o venderla.
La Comunitat Valenciana también es especialmente importante porque cuenta con sus propias reducciones y bonificaciones en el Impuesto sobre Sucesiones. A fecha de agosto de 2026, las adquisiciones hereditarias que cumplen los requisitos y corresponden a los Grupos I y II pueden beneficiarse de una bonificación del 99 % de la cuota tributaria correspondiente. Esto es una bonificación sobre la cuota del impuesto, no un impuesto fijo del 1 % sobre el valor del inmueble. (boe.es)
En las herencias de no residentes, la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) establece reglas específicas para determinar la competencia tributaria y, en determinadas circunstancias, la normativa autonómica que puede resultar aplicable. (sede.agenciatributaria.gob.es)
La forma más útil de analizar el Impuesto sobre Sucesiones no es preguntarse simplemente:
«¿Qué porcentaje se paga de Impuesto de Sucesiones en España?»
Sino:
«¿Quién hereda, qué bienes hereda, dónde residen las personas implicadas, qué normativa resulta aplicable y qué ocurrirá después con el inmueble?»
Ese es el enfoque que seguimos en esta guía.
Impuesto sobre Sucesiones en España: aspectos esenciales
¿Cómo funciona el Impuesto sobre Sucesiones en España?
Impuesto sobre Sucesiones en la Comunitat Valenciana
Impuesto sobre Sucesiones en España para no residentes
¿Cuánto se paga de Impuesto de Sucesiones por una propiedad en España?
Heredar una propiedad en Benissa
Otros costes al heredar una propiedad en España
Ejemplos reales de herencias de propiedades en Benissa
Cómo pagar el Impuesto sobre Sucesiones en España
Documentación necesaria para heredar una propiedad en España
¿Qué ocurre si no existe testamento español?
¿Qué ocurre después de heredar la propiedad?
Vender una propiedad heredada en Benissa
Cómo planificar el Impuesto sobre Sucesiones en España
Impuesto sobre Sucesiones en España: preguntas frecuentes
Lista de comprobación para heredar una propiedad en Benissa
Reflexiones finales para propietarios de Benissa
Fuentes oficiales
El Impuesto sobre Sucesiones en España forma parte del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).
En una herencia, se aplica generalmente a la adquisición de bienes y derechos por herencia, legado u otro título sucesorio. El contribuyente suele ser la persona que recibe la herencia, y no el patrimonio del fallecido. La normativa estatal básica se encuentra en la Ley 29/1987, aunque las Comunidades Autónomas tienen importantes competencias sobre este impuesto dentro del marco legal establecido. (boe.es)
La persona que recibe la herencia es, por regla general, quien debe hacer frente a la obligación tributaria correspondiente.
Si tres hijos heredan a partes iguales una propiedad en Benissa, por ejemplo, cada uno tendrá su propia situación fiscal respecto de la herencia.
Esto es importante porque las circunstancias de cada heredero pueden ser diferentes.
Un heredero puede residir en España, otro en Reino Unido y otro en Alemania. También pueden tener patrimonios preexistentes diferentes u otras circunstancias que influyan en el cálculo.
Por tanto, no debe darse por hecho que existe una única «factura del Impuesto de Sucesiones» para toda la propiedad.
El plazo general para presentar una herencia es de seis meses desde la fecha del fallecimiento.
En los casos gestionados por la Agencia Tributaria, puede solicitarse una prórroga de otros seis meses dentro de los cinco primeros meses del plazo inicial. (sede.agenciatributaria.gob.es)
El plazo de seis meses debe considerarse una fecha clave desde el momento del fallecimiento.
Dos personas podrían heredar propiedades de un valor similar y, sin embargo, tener resultados fiscales muy diferentes.
El resultado puede depender de:
el valor de los bienes heredados;
el parentesco entre heredero y fallecido;
el patrimonio preexistente del heredero;
las reducciones aplicables;
las bonificaciones aplicables;
la residencia del fallecido;
la residencia del heredero;
la ubicación de los bienes situados en España;
si puede aplicarse una reducción por vivienda habitual;
las deudas y cargas que puedan ser deducibles;
la normativa de la Comunidad Autónoma aplicable.
| Pregunta | Respuesta general |
|---|---|
| ¿Qué es el Impuesto sobre Sucesiones? | Un impuesto sobre determinadas adquisiciones recibidas como consecuencia del fallecimiento de una persona |
| ¿Quién lo paga normalmente? | El heredero o beneficiario |
| ¿Cuál es el plazo general de presentación? | Seis meses desde la fecha del fallecimiento |
| ¿Existe un único tipo impositivo en toda España? | No |
| ¿Valencia tiene sus propias reglas? | Sí |
| ¿Se trata igual a hijos y cónyuges que a hermanos? | No |
| ¿Los no residentes pueden estar sujetos al impuesto? | Sí |
| ¿Un extranjero puede heredar una propiedad en España? | Sí |
| ¿Puede aplicarse la normativa valenciana a un no residente? | Sí, en determinadas circunstancias |
| ¿Basta con conocer el precio de venta de la propiedad para calcular el impuesto? | No |
Consejo de experto: Si es propietario de una vivienda en Benissa y reside fuera de España, conviene conocer su situación sucesoria y fiscal antes de que llegue el momento de gestionar una herencia. Las herencias internacionales suelen requerir más tiempo para reunir y legalizar la documentación.
Una herencia puede incluir mucho más que una propiedad en España.
Entre los bienes y derechos que pueden formar parte de la herencia se encuentran:
villas;
apartamentos;
fincas;
parcelas;
cuentas bancarias;
inversiones;
acciones y participaciones;
intereses en empresas;
determinadas prestaciones de seguros de vida;
otros bienes y derechos.
Para un propietario de una vivienda en Benissa, el inmueble puede representar únicamente una parte del patrimonio hereditario.
Por ejemplo, el fallecido podría dejar:
una villa en La Fustera;
una cuenta bancaria española;
inversiones en otro país;
un seguro de vida;
una hipoteca;
otras deudas.
Por eso, el patrimonio hereditario debe analizarse en su conjunto y no calcular el impuesto únicamente a partir de la propiedad española.
Uno de los errores más habituales es pensar que el Impuesto sobre Sucesiones se calcula simplemente sobre el valor de mercado de la vivienda determinado por una agencia inmobiliaria.
La legislación tributaria española establece sus propias reglas de valoración.
Una propiedad puede tener varios valores diferentes, entre ellos:
valor de mercado;
valor catastral;
valor de referencia;
precio histórico de adquisición;
valoración hipotecaria;
valoración realizada por una agencia inmobiliaria.
Estas cifras no son automáticamente intercambiables.
En el caso de los inmuebles en España, es necesario determinar qué reglas de valoración tributaria resultan aplicables a la herencia concreta.
Una valoración de mercado local puede ser muy útil, sin embargo, para conocer cuánto podría obtenerse si los herederos decidieran vender posteriormente la propiedad.
Por ejemplo, el valor de mercado realista de una villa reformada en San Jaime puede ser muy diferente del de una finca rústica antigua en Pedramala, aunque el cálculo fiscal siga sus propias reglas.
El Impuesto sobre Sucesiones español clasifica a los herederos en diferentes grupos según su relación con el fallecido.
De forma general:
| Grupo | Parentesco habitual |
|---|---|
| Grupo I | Hijos y adoptados menores de 21 años |
| Grupo II | Hijos adultos, cónyuges, padres y otros familiares directos que cumplan los requisitos |
| Grupo III | Determinados familiares más lejanos, incluidos hermanos, tíos, sobrinos y sobrinas |
| Grupo IV | Familiares más lejanos y personas sin parentesco |
La clasificación legal exacta debe comprobarse en cada caso.
La diferencia es importante porque las reducciones, coeficientes y bonificaciones pueden variar considerablemente entre grupos.
Dependiendo de las circunstancias, la herencia puede beneficiarse de determinadas reducciones antes de calcular la cuota tributaria definitiva.
La normativa valenciana vigente contempla, entre otras:
una reducción de 100.000 € para determinadas adquisiciones del Grupo II;
una reducción para adquisiciones del Grupo I de 100.000 €, más 8.000 € por cada año que falte para alcanzar los 21 años, con un máximo de 156.000 €;
reducciones adicionales para determinadas situaciones de discapacidad;
una reducción del 95 % para determinadas adquisiciones de la vivienda habitual del fallecido, con un límite de 150.000 € por contribuyente y sujeta a las condiciones legales correspondientes. (boe.es)
También pueden existir otras reducciones para determinadas empresas, actividades agrícolas u otros bienes que cumplan los requisitos legales.
No debe darse por hecho que una reducción es aplicable simplemente porque la situación parezca encajar en una descripción general. Las condiciones concretas establecidas por la legislación son determinantes.
De forma simplificada, el proceso sería:
Bienes y derechos heredados
↓
Determinar los valores tributarios
↓
Restar las reducciones aplicables
↓
Determinar la base liquidable
↓
Aplicar la tarifa correspondiente
↓
Aplicar el coeficiente multiplicador correspondiente
↓
Aplicar las bonificaciones que correspondan
↓
Cuota tributaria final
El sistema español de Impuesto sobre Sucesiones utiliza una escala progresiva y el cálculo también tiene en cuenta el parentesco y, en determinados casos, el patrimonio preexistente del heredero. (boe.es)
Herencia
↓
Valor tributario
↓
Deducciones / reducciones aplicables
↓
Base liquidable
↓
Tarifa del impuesto
↓
Coeficiente según parentesco / patrimonio preexistente
↓
Bonificaciones
↓
Impuesto a pagar
Error frecuente: Tomar el precio anunciado de una villa en Benissa y aplicarle directamente un porcentaje. El cálculo completo del Impuesto sobre Sucesiones no funciona de esa manera.
Benissa se encuentra en la Comunitat Valenciana, por lo que la normativa valenciana del Impuesto sobre Sucesiones puede ser especialmente importante.
Sin embargo, la ubicación del inmueble no responde por sí sola a todas las cuestiones territoriales.
Por ejemplo, una herencia que implique:
un fallecido no residente;
un heredero no residente;
una propiedad en España;
y otros bienes situados en España
requiere analizar por separado qué administración es competente y qué normativa autonómica puede resultar aplicable.
La tabla territorial actual de la Agencia Tributaria distingue entre diferentes combinaciones de residencia del fallecido y del heredero y determina en qué circunstancias puede aplicarse o elegirse la normativa de una Comunidad Autónoma. (sede.agenciatributaria.gob.es)
La normativa valenciana vigente contempla importantes reducciones para determinados familiares.
Por ejemplo:
| Situación | Reducción vigente en la Comunitat Valenciana |
|---|---|
| Grupo I — hijo/adoptado menor de 21 años | 100.000 € + 8.000 € por cada año que falte para cumplir 21 años, máximo 156.000 € |
| Grupo II — hijo/adoptado mayor de edad | 100.000 € |
| Grupo II — cónyuge | 100.000 € |
| Grupo II — padre/madre o adoptante | 100.000 € |
| Discapacidad que cumpla los requisitos | Reducción adicional según el grado/tipo de discapacidad |
| Vivienda habitual que cumpla los requisitos | 95 %, máximo 150.000 € por contribuyente |
Estas reducciones están sujetas a las condiciones establecidas legalmente. (boe.es)
Una de las medidas valencianas más importantes actualmente es la bonificación del 99 %.
La legislación vigente establece una bonificación del 99 % sobre la parte correspondiente de la cuota del Impuesto sobre Sucesiones para determinadas adquisiciones hereditarias de los Grupos I y II que cumplen los requisitos. (boe.es)
Esta medida es especialmente relevante para propietarios de inmuebles en Benissa porque los hijos y cónyuges son, con frecuencia, los beneficiarios de una herencia.
Esta distinción es fundamental.
No es correcto describir la Comunitat Valenciana simplemente como una región con un «Impuesto de Sucesiones del 1 %».
El 99 % es una bonificación aplicada sobre la cuota tributaria correspondiente.
Antes de llegar a ese punto, la herencia debe pasar por el cálculo correspondiente.
Por ejemplo, si una herencia tuviera, exclusivamente a efectos ilustrativos, una cuota tributaria correctamente calculada de 10.000 €, una bonificación del 99 % reduciría esa cuota en 9.900 €, dejando 100 € a pagar.
Este ejemplo muestra cómo funciona la bonificación. No significa que una propiedad de 500.000 € tribute automáticamente al 1 %.
El resultado depende del cálculo completo y de la parte de la cuota que pueda beneficiarse de la bonificación.
Importante: La legislación vigente aplica la bonificación del 99 % a la parte de la cuota tributaria correspondiente a los bienes y derechos declarados que cumplen los requisitos. Por ello, el cálculo debe realizarse de forma profesional en lugar de estimarse directamente sobre el precio de mercado del inmueble. (boe.es)
De forma general:
descendientes e hijos adoptivos menores de 21 años.
descendientes e hijos adoptivos mayores de edad;
cónyuges;
ascendientes y padres adoptivos.
La definición legal exacta se encuentra en la normativa del Impuesto sobre Sucesiones.
El tratamiento puede ser considerablemente menos favorable.
Los hermanos, por ejemplo, pertenecen generalmente al Grupo III.
Por ello, no debe asumirse que la bonificación valenciana del 99 % se aplica a cualquier herencia entre familiares.
La legislación valenciana vigente también contempla un cambio futuro para determinados familiares del Grupo III. A partir del 1 de junio de 2027, determinados parientes consanguíneos del Grupo III de segundo y tercer grado tendrán, según la normativa actualmente aprobada, una bonificación del 50 %. (boe.es)
Esto demuestra por qué la normativa aplicable debe comprobarse siempre según la fecha real del fallecimiento.
Sí.
Vivir fuera de España no elimina automáticamente la obligación de pagar Impuesto sobre Sucesiones en España.
La Agencia Tributaria contempla específicamente procedimientos de tributación por sucesiones para no residentes, incluidos casos en los que el impuesto corresponde a la Administración del Estado. (sede.agenciatributaria.gob.es)
Esto es especialmente relevante para los propietarios extranjeros de viviendas vacacionales en Benissa.
Supongamos que una persona residente en Reino Unido es propietaria de una villa en La Fustera y nunca ha sido residente fiscal en España.
Si fallece y deja la propiedad a un hijo que también reside en Reino Unido, el Impuesto sobre Sucesiones español puede seguir siendo relevante porque el inmueble español forma parte de la herencia.
La siguiente pregunta no es únicamente si existe obligación tributaria en España.
La cuestión es:
¿Qué administración es competente y qué normativa autonómica resulta aplicable?
Un heredero no residente también puede estar obligado a presentar y pagar Impuesto sobre Sucesiones en España.
En los casos relevantes gestionados por la Administración del Estado, el Modelo 650 es el utilizado para las adquisiciones por herencia, legado u otro título sucesorio. (sede.agenciatributaria.gob.es)
Esta situación es habitual entre propietarios extranjeros de segundas residencias en la Costa Blanca.
Por ejemplo:
fallecido: residente en Reino Unido;
heredero: residente en Reino Unido;
propiedad: villa en Benissa.
El Impuesto sobre Sucesiones español puede seguir siendo aplicable.
Las reglas territoriales actuales de la AEAT establecen que, cuando tanto el fallecido como el heredero son no residentes, la competencia corresponde al Estado y, en determinados casos, puede optarse por aplicar la normativa de la Comunidad Autónoma donde se encuentre el mayor valor de los bienes situados en España. (sede.agenciatributaria.gob.es)
Esta distinción puede ser muy importante.
El marco territorial actual de la AEAT puede resumirse de la siguiente manera:
| Fallecido | Heredero | Competencia general / normativa aplicable |
|---|---|---|
| Residente en España | Residente en España | Comunidad Autónoma de residencia del fallecido |
| Residente en España | No residente | Administración del Estado, con posibilidad de aplicar en determinados casos la normativa de la Comunidad Autónoma del fallecido |
| No residente | Residente en España | Administración del Estado, con posibilidad de aplicar en determinados casos la normativa de la Comunidad Autónoma donde se encuentre el mayor valor de los bienes situados en España |
| No residente | No residente | Administración del Estado, con posibilidad de aplicar en determinados casos la normativa de la Comunidad Autónoma donde se encuentre el mayor valor de los bienes situados en España |
Esta es una simplificación del marco territorial vigente y no sustituye el análisis de la legislación aplicable a cada caso. (sede.agenciatributaria.gob.es)
La administración competente y la normativa autonómica aplicable no son necesariamente la misma cuestión.
Un expediente puede ser gestionado por la Administración del Estado y, al mismo tiempo, permitir al contribuyente, cuando se cumplen los requisitos, aplicar la normativa de una Comunidad Autónoma.
Por eso, decir simplemente:
«La propiedad está en Benissa, así que automáticamente se aplica el impuesto valenciano»
es una simplificación excesiva.
Tras los cambios introducidos en la normativa española del Impuesto sobre Sucesiones, determinados supuestos de herencias de no residentes pueden beneficiarse de la normativa de una Comunidad Autónoma en lugar de quedar automáticamente sujetos a un régimen estatal menos favorable.
La opción concreta depende de la residencia del fallecido y del heredero y, en los casos de no residentes, de la ubicación y el valor de los bienes situados en España. (sede.agenciatributaria.gob.es)
¿Existe un bien situado en España?
│
├── No
│ ↓
│ Análisis fiscal diferente
│
└── Sí
↓
¿El fallecido residía en España?
│
┌─────┴─────┐
Sí No
↓ ↓
¿Dónde residía el ¿Dónde se encuentra
fallecido? el mayor valor de los
↓ bienes españoles?
Puede resultar ↓
aplicable la Puede resultar
normativa aplicable la opción
autonómica autonómica correspondiente
↓
Comprobar residencia
del heredero
↓
Determinar competencia
tributaria
↓
Calcular la herencia
Consejo de experto: En una herencia internacional de una propiedad en Benissa, determine primero qué normativa territorial resulta aplicable antes de calcular el impuesto. Un error en este paso puede afectar a todo el cálculo.
Los propietarios internacionales requieren especial atención porque el Impuesto sobre Sucesiones español es solo una parte de la situación fiscal global.
Una persona residente en Reino Unido o con domicilio fiscal relevante en Reino Unido puede tener que considerar las normas británicas sobre herencias además de las obligaciones fiscales españolas.
La declaración del impuesto en España no resuelve automáticamente la situación fiscal en Reino Unido.
Del mismo modo, gestionar una herencia en Reino Unido no elimina las obligaciones relacionadas con el Impuesto sobre Sucesiones español derivadas de una propiedad situada en España.
La interacción entre ambos sistemas puede implicar:
Impuesto sobre Sucesiones español;
normativa británica del Inheritance Tax;
conceptos de residencia y domicilio;
mecanismos para evitar la doble imposición;
composición del patrimonio;
ubicación de los bienes.
Por ello, un heredero residente en Reino Unido que recibe una propiedad en Benissa debería contar con profesionales familiarizados con ambas partes de la herencia internacional.
El mismo principio se aplica a propietarios residentes en Países Bajos, Alemania, Bélgica, Francia u otros países.
Advertencia: No debe suponerse que el país de residencia compensará automáticamente cualquier cantidad pagada en España por Impuesto sobre Sucesiones. Los mecanismos para evitar la doble imposición son una cuestión especializada.
No existe una respuesta única a la pregunta:
«¿Cuánto Impuesto sobre Sucesiones se paga por una propiedad de 500.000 € en España?»
El valor del inmueble es solo uno de los componentes.
El cálculo también puede tener en cuenta:
el porcentaje de propiedad del fallecido;
otros bienes;
deudas que puedan ser deducibles;
parentesco del heredero;
reducciones aplicables;
patrimonio preexistente del heredero;
normativa autonómica;
bonificaciones.
En una propiedad de Benissa pueden existir varios valores:
| Tipo de valor | Qué representa |
|---|---|
| Valor de mercado | Lo que podría obtenerse razonablemente por la venta del inmueble |
| Valor catastral | Valor utilizado para determinados impuestos españoles |
| Valor de referencia | Valor determinado por Catastro conforme al sistema de valor de referencia |
| Precio histórico de compra | Lo que pagó originalmente el fallecido |
| Valoración hipotecaria | Valor utilizado por una entidad financiera |
| Valoración de agencia inmobiliaria | Estimación profesional del valor de mercado |
El valor correcto a efectos del Impuesto sobre Sucesiones debe determinarse conforme a las normas tributarias aplicables.
Una valoración de mercado sigue siendo útil porque los herederos pueden tener que decidir posteriormente si venden la propiedad.
La diferencia entre heredar como hijo, cónyuge, hermano o persona sin parentesco puede ser considerable.
Un hijo o cónyuge que cumpla los requisitos del régimen valenciano de los Grupos I y II puede encontrarse en una situación muy diferente a la de un hermano perteneciente al Grupo III.
Entre las posibles reducciones se encuentran:
reducciones por parentesco;
reducciones por discapacidad;
reducción por adquisición de la vivienda habitual cuando se cumplen los requisitos;
reducciones relacionadas con empresas;
reducciones relacionadas con determinadas actividades agrícolas;
otras reducciones establecidas legalmente.
La disponibilidad de cada reducción depende de las circunstancias concretas.
El sistema estatal utiliza una tarifa progresiva y un coeficiente multiplicador relacionado con el parentesco y el patrimonio preexistente. (boe.es)
La bonificación valenciana del 99 % para determinadas adquisiciones hereditarias de los Grupos I y II es especialmente relevante cuando resulta aplicable la normativa valenciana. (boe.es)
Afirmaciones como:
«El Impuesto sobre Sucesiones en España es del 34 %»
pueden resultar engañosas porque el 34 % corresponde al tipo marginal máximo de la tarifa estatal, no a un tipo universal que se aplique a todas las herencias. (boe.es)
Del mismo modo:
«En Valencia el Impuesto sobre Sucesiones es del 1 %»
también es una simplificación incorrecta porque el 99 % es una bonificación sobre la cuota tributaria que cumple los requisitos.
La respuesta correcta requiere realizar el cálculo completo.